El pasado día 25 de enero de 2024 se dictó por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) la Sentencia relativa a los asuntos acumulados C-810/21 a C-813/21, al respecto de las cuestiones prejudiciales planteadas por la Audiencia Provincial de Barcelona.
Debido a la proximidad del dictado de esta resolución, se apremiaba a todos los consumidores a realizar las reclamaciones de sus cláusulas abusivas antes del 23 de enero de 2024. Si bien, debido a la suspensión de los plazos provocada por la normativa dictada por la pandemia este plazo se consideraba extendido hasta el 14 de abril.
La Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de fecha 25/01/2024 viene a indicar que el plazo de prescripción comienza a contar desde el momento en que el usuario conoce la abusividad de la cláusula que fijaba los gastos, debiendo, a su vez, disponer de tiempo suficiente para preparar y hacer valer esos derechos.
El Tribunal de Justicia deja claro que el plazo de prescripción no puede comenzar a contarse desde la fecha del pago de tales gastos como las entidades bancarias alegaban, sino que con independencia de cuál sea el periodo que se establezca de prescripción, no puede iniciarse antes de que el consumidor tenga conocimiento de los hechos determinantes del carácter abusivo de la cláusula contractual y no solo debe conocer tales hechos sino también su valoración jurídica y disponer de un plazo suficiente para ejercer las acciones pertinentes de reclamación.
Por otro lado, es de resaltar que la STJUE deja claro que la existencia una jurisprudencia consolidada no es causa suficiente para determinar dicho momento como dies a quo del plazo de prescripción, esto es, como la fecha en que se entendería comienza a correr la prescripción.
Aunque tal sentencia es una buena noticia para los consumidores, se ha de mantener la prudencia para ver cómo reaccionan nuestros tribunales ante esta doctrina europea, así como con respecto a las posibles modulaciones e interpretaciones que pueda dictar el TJUE con respecto al resto de cuestiones prejudiciales pendientes.
Por lo que si aún no ha procedido a reclamar los gastos hipotecarios u otras cláusulas del préstamo hipotecario, le animamos encarecidamente a que se ponga en contacto con nosotros al 951 38 78 11 o a través del email a info@camachorosales.com y le ayudaremos a reclamar las cláusulas abusivas de su hipoteca.